προέπω
G4277 · proépō
«predecir»
Definición
προ-εῖπον 2 aor. de Pres. no usado (véase: εἶπον, y pf., -είρηκα (3Ma.6:35 *), pas., -είρημαι (2Ma.2:32, 3Ma.1:26, al.),
1. decir antes: Gal.1:9, 1Th.4:6 (sobre la forma -αμεν, véase WH, Ap., 164), Heb.4:7; antes ὅτι, 2Co.7:3 13:2, Gal.5:21; de profecía, Mat.24:25, Mrk.13:23, Act.1:16, Rom.9:29, 2Pe.3:2, Jd 17.
2. proclamar públicamente, declarar abierta o claramente (cl.): así R, mg., en 2Co.13:2, Gal.5:21, 1Th.4:6 (cf. προλέγω; pero véase supr., y cf. M, Th., 38).†
(AS)
Concordancia en la Reina-Valera 1909
- Gálatas 5:21 Envidias, homicidios, borracheras, banqueteos, y cosas semejantes á éstas: de las cuales os denuncio, como ya os he anunciado, que los que hacen tales cosas no heredarán el reino de Dios.
- 1 Tesalonicenses 4:6 Que ninguno oprima, ni engañe en nada á su hermano: porque el Señor es vengador de todo esto, como ya os hemos dicho y protestado.